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SECCIÓN DE OBRAS DE POLÍTICA Y DERECHO


MANUAL DE DERECHO CONSTITUCIONAL

DANIEL BARCELÓ ROJAS
FRANCISCA POU GIMÉNEZ
JOSÉ MARÍA SERNA DE LA GARZA
FRANCISCO TORTOLERO CERVANTES

Manual de derecho constitucional

ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO MEXICANO

Fondo de Cultura Económica

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS
FONDO DE CULTURA ECONÓMICA

Primera edición, 2018
Primera edición electrónica, 2018

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ÍNDICE

Nota introductoria. Pedro Salazar Ugarte

I. Teoría de la Constitución

Introducción: ¿por qué estudiar teoría de la Constitución?

Definición de derecho constitucional

Concepto de Constitución

Clasificación de las constituciones

El poder constituyente y el poder revisor

La supremacía de la Constitución

Tipos de Estado

Formas de organización del Estado, formas de gobierno y concepto de democracia

II. Los poderes Ejecutivo y Legislativo

Forma de gobierno

Organización, funciones, potestades jurídicas y políticas del titular del Poder Ejecutivo

Controles intraorgánicos e interorgánicos sobre el Poder Ejecutivo

El Poder Legislativo. Organización y funciones

III. El Poder Judicial

Introducción

Desarrollos contemporáneos en la administración de justicia

La estructura de los tribunales en México

El gobierno de los jueces: los consejos de la judicatura

El sistema de justicia constitucional

IV. El federalismo mexicano actual

Introducción

El Estado federal: diseñando un modelo

El desarrollo del modelo federal

La adopción del federalismo en México

El esquema federal actual en el reparto de competencias

Relaciones intergubernamentales

Pragmatismo federal en la Constitución de 1917

La práctica federal reciente

NOTA INTRODUCTORIA

En las últimas décadas México ha vivido una especie de proceso reconstitucionalizador sin que se haya realizado un congreso constituyente. Esto puede constatarse cuando observamos los temas y materias constitucionales que han sido objeto de reformas profundas: justicia constitucional, organización electoral, justicia penal, transparencia, competencia económica, telecomunicaciones, evaluación educativa, energía, justicia penal, anticorrupción, derechos humanos, amparo, por mencionar sólo algunas de las más relevantes.

Este hecho, que puede analizarse y debe valorarse de diversas maneras, ha tenido múltiples consecuencias. Algunas de ellas han sido inminentemente jurídicas y otras tienen un espectro más amplio e impactan en los ámbitos económico, político y social. Pero lo cierto es que todas conllevan una transformación relevante en la manera en la que estas cuestiones se regulan normativamente.

Ello ha obligado a todos los operadores jurídicos a actualizarse. Esto vale tanto para todas y todos los abogados, para los y las jueces, pasando por las personas ejecutoras de las políticas públicas y, por supuesto, por los y las profesores e investigadoras del derecho.

Algunos hemos sostenido que los cambios son de tal magnitud que los juristas y demás estudiosos y usuarios del derecho tenemos que “aprender a desaprender” lo que nos enseñaron en la universidad y durante la práctica profesional para razonar y actuar de una forma distinta a la que no estábamos habituados. Ello supone un esfuerzo intelectual relevante y una disposición intelectual a la que no todos están dispuestos.

El desafío es mayúsculo cuando pensamos en las nuevas generaciones de abogados. Los profesores y profesoras de derecho de todas las facultades del país deben hacer un esfuerzo de actualización sin precedentes y deben estudiar disposiciones, interpretaciones y decisiones jurídicas sobre bases normativas que no conocían y con resultados que no podían prever con los conocimientos que acumularon por décadas. Este hecho es particularmente desconcertante para un gremio que ha hecho de la tradición, la certeza y la estabilidad regulatoria sus elementos de identidad.

Por ello muchos enseñantes de las facultades y escuelas que enseñan derecho en el país siguen transmitiendo conocimientos sobre la base de textos doctrinarios cuyo contenido —objetivamente o, mejor dicho, normativamente— ha perdido vigencia. De esta manera forman juristas nuevos pero desactualizados. Algunos docentes, por ejemplo, siguen llamando “garantías individuales” a lo que constitucionalmente se llama “derechos humanos”; otros se refieren al “Distrito Federal” cuando la capital del país se denomina “Ciudad de México” y otros más —por evocar sólo algunos ejemplos simbólicos— transmiten las reglas de un sistema de justicia penal que perdió vigencia constitucional desde 2008. Muchos de ellos, de hecho, utilizan libros de grandes maestros que forjaron el derecho mexicano aprendido por las generaciones pasadas, pero que refieren y analizan normas que han dejado de tener vigencia hace muchos años.

Por eso, el Instituto de Investigaciones Jurídicas, en alianza con el Fondo de Cultura Económica, ha editado esta serie de libros bajo el título genérico de “Textos para el Derecho” que ha sido coordinada por la investigadora y abogada general de la UNAM, Mónica González Contró, y que fue propuesta por quien esto escribe en septiembre de 2014 a la Junta de Gobierno de la Universidad Nacional como parte medular del Plan de Trabajo de la Dirección del IIJ-UNAM para el periodo que va de esa fecha a septiembre de 2018.

Cada uno de los manuscritos ha sido redactado por investigadoras e investigadores que también tienen una destacada experiencia docente y que se distinguen por su vocación didáctica y una permanente actualización en sus conocimientos. De ahí la calidad y utilidad de los textos que componen esta colección inédita y absolutamente necesaria.

Los destinatarios últimos de los libros son, primero, los enseñantes de la ciencia jurídica, pero después, y a través de ellos, sobre todo, los y las estudiantes de las facultades y escuelas de derecho de todo el país.

Nuestro principal propósito al editarlos es contribuir a la formación de abogadas y abogados que, además de contar con conocimientos sólidos y actualizados, entiendan y apliquen —desde sus diferentes trincheras— el derecho como un instrumento útil para coordinar la convivencia de manera pacífica; transformar la realidad social con criterios de justicia; combatir las discriminaciones; afirmar los principios democráticos, representativos y laicos; fortalecer un federalismo eficiente en el que el crecimiento y el desarrollo sean compatibles con los derechos de todas y todos y respetuoso del medio ambiente; fortalecer una institucionalidad orientada a la consolidación de un Estado liberal y social de derecho; en fin, hacer realidad el proyecto que ya se encuentra en nuestra Constitución vigente.

De esta manera cumplimos nuestra misión de investigar, enseñar y difundir el derecho y la cultura jurídica del siglo XXI a las y los juristas de esta azarosa y compleja centuria que demanda de nuestra generación un compromiso sin condiciones con los principios y causas que han sido pensados para hacer posible que todas las personas tengan una vida autónoma.

El IIJ-UNAM agradece al Fondo de Cultura Económica, a través de su director general, José Carreño Carlón, y a la Universidad Nacional Autónoma de México, a través de su rector, Enrique Graue Wiechers, su decidido apoyo y colaboración para que esta colección haya sido posible.

PEDRO SALAZAR UGARTE
Director del IIJ-UNAM