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Junell Araújo Escobar

Isabel Haddad Larios

Danellis Rodríguez Vega

Margarita Osorio Villegas

COLECCIÓN ESCENARIOS PARA LA INFANCIA

Instituto de Estudios en Educación - IESE

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Ideas pedagógicas : análisis de la normatividad sobre educación preescolar en Colombia / Junell Araújo Escobar ... [et ál.]. -- Barranquilla, Col. : Editorial Universidad del Norte, 2013.

122 p. ; tablas, 24 cm.

ISBN 978-958-741-407-3 (impreso)

ISBN 978-958-741-408-0 (PDF)

ISBN 978-958-741-409-7 (ePub)

1. Educación preescolar -- Legislación -- Colombia. I Araújo Escobar, Junell. II. Haddad Larios, Isabel.III. Rodríguez Vega, Danellis IV. Osorio Villegas, Margarita. V.Tít.

(372.9861 I19 23 ed.) (CO-BrUNB)

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www.uninorte.edu.co

Km 5, vía a Puerto Colombia

A.A. 1569, Barranquilla (Colombia)

 

© Editorial Universidad del Norte, 2013

© Junell Araújo Escobar, Isabel Haddad Larios, Danellis Rodríguez Vega, Margarita Osorio Villegas, 2013

 

Coordinación editorial

Zoila Sotomayor O.

 

Diseño y diagramación

Munir Kharfan de los Reyes

 

Diseño de portada

Carolina Algarín

 

Corrección de textos

Mercedes Castilla

 

Desarrollo ePub

Lápiz Blanco SAS

www.lapizblanco.com

 

 

© Reservados todos los derechos. Queda prohibida la reproducción total o parcial de esta obra, por cualquier medio reprográfico, fónico o informático así como su transmisión por cualquier medio mecánico o electrónico, fotocopias, microfilm, offset, mimeográfico u otros sin autorización previa y escrita de los titulares del copyright. La violación de dichos derechos puede constituir un delito contra la propiedad intelectual.

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Este texto constituye un aporte valioso para la educación infantil, producto de la experiencia del trabajo en equipo de un grupo de maestros de preescolar que se dieron a la tarea de reflexionar sobre la práctica educativa y, en especial, pensar las implicaciones de la normativa en la toma de decisiones para orientar el trabajo escolar y el quehacer cotidiano en el aula y la escuela. Pero más que un estudio sobre la legalidad de los documentos reguladores de la educación preescolar, el interés ha sido encontrar respuestas a la siguiente pregunta: ¿Cuáles son las ideas pedagógicas que subyacen en los documentos reguladores colombianos sobre educación preescolar?, y que origina el título de la obra: Ideas pedagógicas: Análisis de la normatividad sobre Educación Preescolar en Colombia.

Estos documentos reguladores son: Ley 115/1994 (Ley General de Educación), Ley 1098/2006 (Código de la Infancia y la Adolescencia), Decreto 2247/1997, Resolución 2343/1996, Política Pública por los Niños y Niñas desde la gestación hasta los seis años de 2006, Serie Lineamientos Curriculares del Preescolar (s. f.), Guía operativa para la prestación del servicio integral a la primera infancia de 2009 y el Documento 13/2010: Aprender y jugar, instrumento diagnóstico de competencias básicas en transición. Su escogencia obedece a que son los principales documentos reguladores que soportan las prácticas pedagógicas de la educación preescolar en Colombia.

A fin de identificar las ideas pedagógicas subyacentes en los documentos, inicialmente se hace un análisis con referencia a metas formativas, aprendizajes y/o competencias, principios pedagógicos, concepción de desarrollo infantil, papel de la escuela, rol del educador; posteriormente se incluyen conceptos de infancia y recursos didácticos, entre otros.

Esta forma de comprender las relaciones que existen entre las teorías pedagógicas y los documentos reguladores permite contribuir sustancialmente a la creación de una conciencia crítica sobre el papel que dichos documentos juegan en el desarrollo y mejoramiento de la práctica pedagógica en los docentes del nivel preescolar.

La obra se estructura en tres capítulos: el primero muestra los documentos reguladores colombianos sobre educación preescolar, seleccionados por su valor para la gestión académica de este nivel y las ideas pedagógicas en cada uno de ellos; el segundo presenta la síntesis de los enunciados pedagógicos por categorías comunes a ellos y, por último, el tercero plantea un acercamiento a la riqueza pedagógica en la normatividad, en función de teóricos de la educación y la pedagogía.

Este texto es una invitación a los docentes y a los administradores del servicio educativo para que lean la normatividad con claves pedagógicas, de tal manera que sus decisiones curriculares sean coherentes con el proyecto de hombre y de sociedad que los educadores en Colombia han sido convocados a construir, inclusive las autoras.

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Antes de exponer las ideas pedagógicas presentes en la normatividad sobre la educación de la infancia, cabe señalar, en primer lugar, cuáles son los documentos que regulan la prestación del servicio de la educación preescolar en Colombia; y, en segundo lugar, explicitar qué se entiende por ideas pedagógicas.

1.1 DOCUMENTOS REGULADORES COLOMBIANOS SOBRE EDUCACIÓN PREESCOLAR

Los documentos reguladores remiten al conjunto de leyes, códigos, decretos, resoluciones, políticas, lineamientos y guías que el Ministerio de Educación Nacional (MEN) y otros entes toman como oficial en lo referente a la orientación y prestación del servicio educativo en el nivel preescolar.

Documento regulador Resumen Links
Ley General de Educación (Ley 115/1994) En ella se establecen las normas generales que regulan el servicio público de la educación del país, incluyendo la Educación Preescolar. http://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-85906_archivo_pdf.pdf
Ley 1098/2006 (Código de la Infancia y la Adolescencia) El objeto de esta ley es establecer normas y directrices que garanticen a los niños, niñas y adolescentes su leno y armonioso desarrollo durante su crecimiento en el seno de la familia y la comunidad, observando los derechos de la infancia y la adolescencia. http://www.presidencia.gov.co/prensa_new/leyes/2006/noviembre/ley1098081106.pdf
Decreto 2247/1997 En este documento se establecen normas relativas a la prestación del servicio educativo del nivel preescolar y se dictan otras disposiciones sobre la organización general de la escuela, las orientaciones curriculares y la vigencia de las normas por las cuales se regirá el ejercicio docente. http://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-104840_archivo_pdf.pdf
Resolución 2343/1996 Este documento regulador presenta los lineamientos generales de los procesos curriculares para el servicio público educativo y establece los indicadores de logros curriculares que deberán ser aplicados en los establecimientos de educación formal del Estado, privados y en los de carácter comunitario, solidario, cooperativo o sin ánimo de lucro http://www.dmsjuridica.com/CODIGOS/REGIMENES/REG_EDUCACION/RESOLUCIONES/RESOLUCION%202343%20DE%201996.htm
Política Pública por los Niños y Niñas, Desde la Gestación Hasta los 6 Años de 2006 Se constituye en un documento regulador que destaca la importancia del cuidado y la atención de los niños y niñas desde la gestación hasta los 6 años de edad, en pos de la protección de derechos que contribuyan al desarrollo pleno de los potenciales biológicos, psicológicos, sociales, y culturales de cada uno de ellos. http://www.oei.es/quipu/colombia/politica_primer_infancia.pdf
Serie Lineamientos Curriculares del Preescolar (sin fecha) Este documento expresa los fundamentos que sustentan los procesos pedagógicos para el nivel de educación preescolar, teniendo en cuenta de manera especial la visión integral de todas las dimensiones del desarrollo infantil: ética, estética, corporal, cognitiva, comunicativa, socioafectiva y espiritual. http://www.mineducacion.gov.co/cvn/1665/articles-89869_archivo_pdf10.pdf
Guía operativa para la prestación del servicio de atención integral a la primera infancia (2009). Reconocida también con el nombre de Guía 35/2009, busca brindar elementos conceptuales y operativos que orienten la implementación de una ruta de atención integral a la primera infancia, en las distintas modalidades (familiar, comunitaria e institucional). http://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-184841_archivo_pdf.pdf
Aprender y jugar, instrumento diagnóstico de competencias básicas en Transición (2010). Denominado también Documento 13/2010, es un instrumento para apoyar el diagnóstico del estado de desarrollo de los niños y niñas del grado Transición y la consiguiente mejor caracterización de las competencias básicas ya alcanzadas. http://www.colombiaaprende.edu.co/html/competencias/1746/articles-292347_recurso_1.pdf

 

1.2 IDEAS PEDAGÓGICAS

El concepto de ideas pedagógicas se sustrae de los planteamientos de Flórez (2005), quien expresa que:

Los cinco parámetros constitutivos de toda teoría pedagógica: las metas de formación, el concepto de desarrollo, contenidos y experiencias de enseñanza, relación maestro-alumno y los métodos y técnicas de enseñanza, se articulan coherentemente bajo la forma de un enfoque o modelo que enriquece y le da sentido pedagógico a cada estudio particular sobre la educación... (Flórez, 2005, p. 169)

Este autor enuncia las preguntas orientadoras con las cuales una teoría pedagógica puede distinguirse de otra que no lo es, cuando asegura que:

Toda teoría pedagógica trata de responder de manera sistemática y coherente al menos estas preguntas: ¿Qué tipo de ser humano se quiere formar? ¿Con qué experiencias crece y se desarrolla un ser humano? ¿Quién debe impulsar el proceso educativo? ¿Con qué métodos y técnicas puede alcanzarse mayor eficacia? Diferentes especialistas podrían responder una sola de estas preguntas; pero la especialidad del pedagogo es abordarlas todas de forma transdisciplinaria. (Flórez, 2005, p. 175)

Estas y otras preguntas extraídas de las teorías relativas a la educación, orientan la presentación de las ideas pedagógicas expuestas en la normatividad que regula la educación preescolar en Colombia.

En consecuencia, las categorías seleccionadas para exponer las ideas pedagógicas que subyacen en los documentos reguladores son: meta formativa, concepción de infancia, concepción de desarrollo, rol del pedagogo, interacción maestro-alumno, principios pedagógicos, aprendizajes y/o competencias (lo que debe aprender el niño- niña cuando es educado), materiales (recursos físicos, humanos, didácticos), concepción de escuela y la relación escuela-familia.

A continuación se presentan las ideas pedagógicas que subyacen en cada documento regulador colombiano sobre educación preescolar:

1.2.1 Ley General de Educación (Ley 115/1994)

El objetivo de esta ley se establece desde el artículo primero, que fija las normas generales para regular la educación colombiana. Tanto la Constitución como la ley consideran que la educación tiene una función social, "acorde con las necesidades e intereses de las personas, de la familia y de la sociedad" (Ley 115/1994, p. 1). Pero mientras que la Constitución define a la educación como un derecho de toda persona, la ley la considera de forma más amplia, así: "La educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes" (p. 1).

En cuanto a la idea pedagógica sobre la meta formativa de la ley, el artículo 5 expresa claramente los fines de la educación como las metas formativas a alcanzar, aun cuando es necesario aclarar que están planteados de forma general para todos los niveles de la educación. Así, el ámbito o nivel de la educación preescolar tiene, por ejemplo, sus propios objetivos específicos, concebidos también como metas formativas. En el artículo 15, la Educación Preescolar se define como "la ofrecida al niño para su desarrollo integral en los aspectos biológico, cognoscitivo, psicomotriz, socioafectivo y espiritual, a través de experiencias de socialización pedagógicas y recreativas" (Ley 115/1994, p. 5).

Teniendo en cuenta que la ley "se fundamenta en los principios de la Constitución Política sobre el derecho a la educación que tiene toda persona" (p. 1), se puede decir que la razón por la cual hay que educar al hombre es porque se ha establecido que uno de sus principales derechos es la educación; y esta debe ser dirigida a niños, niñas, adultos, jóvenes, campesinos, grupos étnicos, personas con limitaciones físicas, sensoriales, psíquicas, capacidades excepcionales y necesidades de rehabilitación social.

La ley también fundamenta los fines de la educación en el artículo 67 de la Constitución, que expresa: "La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democra cia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente” (Constitución Política de Colombia, 1991, p. 17). Por lo tanto, los fines de la educación establecen que esta debe apuntar hacia el desarrollo integral de los educandos (físico, psíquico, intelectual, moral, espiritual, social, afectivo, ético, cívico y demás valores humanos) atendiendo la formación de la personalidad, el respeto a la vida, la capacidad de asumir responsable y autónomamente sus derechos, sus deberes y los de sus semejantes, la convivencia, los principios democráticos, la participación de todos en la toma de decisiones (que influyan la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación), la conciencia ambiental; la formación en valores, el respeto a la autoridad, la cultura nacional y la diversidad étnica, la historia del país y sus símbolos patrios "como fundamento de la unidad nacional y de su identidad” (Ley 115/1994, p. 2). Además, para el desarrollo del saber, el hombre debe adquirir y construir conocimientos científicos, técnicos, humanísticos y estéticos, entre otros. La educación igualmente deben formar hombres capaces de distribuir su tiempo libre en el deporte y la recreación para el cuidado de su salud, y desarrollar la capacidad crítica, creativa, reflexiva y analítica con el fin de mejorar la cultura y la calidad de vida de la población en general favoreciendo el progreso social y económico del país y la sociedad (Ley 115/1994).

Con la educación asimismo se pretende formar al hombre en la práctica del trabajo para que haga parte del sector productivo del país considerando su papel fundamental en el desarrollo individual y social. Por último, dentro de los fines de la educación también se encuentra "la promoción en la persona y en la sociedad de la capacidad para crear, investigar, adoptar la tecnología que se requiere en los procesos de desarrollo del país, y [que], al educando [le permita] ingresar al sector productivo” (p. 22).

Así mismo, los objetivos específicos que para la Educación Preescolar define la ley, favorece el desarrollo integral de los niños y las niñas a través de experiencias de socialización, pedagógicas y recreativas. Las metas formativas apuntan hacia el ofrecimiento de una educación que se preocupe realmente por apoyar el desarrollo integral del niño, es decir, el ser humano contemplado como un todo a partir de sus aspectos biológicos, cognoscitivos, psicomotrices, socioafectivos y espirituales.

Por lo tanto, en el nivel preescolar se busca formar niños y niñas capaces de reconocer su propio cuerpo y adquirir su identidad y autonomía. En este nivel se debe preparar al educando para que aprenda a resolver problemas; asuma una buena actitud hacia el aprendizaje de la lectoescritura, las matemáticas y las normas de convivencia; desarrolle la ubicación espacio-temporal y ejercite la memoria; sea creativo, comunicativo, expresivo, curioso, participativo, recíproco y solidario; tome conciencia de la higiene y del cuidado personal, y para que desarrolle las habilidades y destrezas acordes a su edad. Por último, la educación preescolar tiene como objetivo la participación de los niños y niñas en actividades lúdicas con sus pares y adultos (Ley 115/1994).

Al analizar los fines de la educación (artículo 5), los objetivos específicos de la educación preescolar (artículo 16) y los objetivos comunes de todos los niveles (artículo 13), se puede concluir que la meta formativa más importante de este documento regulador es la promoción del desarrollo integral de los educandos sin importar el nivel en que se encuentren. Esto se refleja en el siguiente planteamiento: "Es objetivo primordial de todos y cada uno de los niveles educativos el desarrollo integral de los educandos mediante acciones estructuradas..." (Ley 115/1994, p. 4). Sin embargo, detrás de la promoción del desarrollo integral puede verse que la ley tiene otra meta formativa o intención educativa: el desarrollo integral de las personas, pero no solo para favorecer a cada individuo en particular, sino a la sociedad en general. Es decir, en la medida en que la educación forme integralmente a los educandos, mayores serán los beneficios para el bienestar y progreso social y económico del país. Todavía más: si este proceso educativo tiene permanencia generacional, entonces queda garantizado que la educación es el medio adecuado para mantener productiva a la sociedad en función de sus propios retos y necesidades, y con fundamentos, en el artículo 91:

La educación debe favorecer el pleno desarrollo de la personalidad del educando, dar acceso a la cultura, al logro del conocimiento científico y técnico y a la formación de valores éticos, estéticos, morales, ciudadanos y religiosos, que le faciliten la realización de una actividad útil para el desarrollo socioeconómico del país (p. 20).

En cuanto a la idea pedagógica sobre la concepción de infancia, se infiere una concepción moderna que considera el ser humano como un sujeto pleno de derechos, con especificidades en lo biológico, psicológico, social y cultural. Es decir, un ser multidimensional, cuyo desarrollo depende de los procesos de socialización e individualización. Se trata, además, de un ser social activo, capaz de construir conocimientos (Instituto de Estudios en Educación, IESE, 2011). Como ya se mencionó, la ley reconoce que la educación es un derecho de todas las personas y "[...] un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes" (Ley 115/1994, p. 1).

Sobre el proceso del desarrollo de los niños la ley concibe al educando como "[...] el centro del proceso educativo y [(...) participante activo de] su propia formación integral" (Ley 115/1994, p. 20). Esto permite inferir que el solo hecho de considerar al educando (que puede ser un niño o niña) centro del proceso educativo, en el cual es copartícipe de su propia formación, ya está promoviendo su desarrollo integral. Además, el artículo 13 (objetivos comunes de todos los niveles) establece que todos los niveles educativos tienen como objetivo primordial el desarrollo integral de los educandos. De esta forma podría considerarse que es la educación en sí misma la que permite el desarrollo del hombre. En la ley, tal apreciación se sostiene al proclamar que la educación formal "tiene por objeto desarrollar en el educando conocimientos, habilidades, aptitudes, aptitudes y valores mediante los cuales las personas pueden fundamentar su desarrollo en forma permanente" (p. 12).

La forma como los niños y niñas se desarrollen depende en gran medida de las acciones pedagógicas que se lleven en la escuela, y la ley dispone que se promueva el desarrollo integral en la educación preescolar "a través de experiencias de socialización, pedagógica y recreativas" (p. 5), y en los demás niveles a través de acciones estructuradas. El desarrollo del niño y la niña dependerá considerablemente de las experiencias de socialización pedagógicas y recreativas que se vivan en la escuela, las cuales permitirán a los infantes ser capaces de adquirir su identidad y autonomía propios reconociendo y desarrollando su cuerpo; crecer armónica y equilibradamente; desarrollar su creatividad; ejercitar la memoria y la capacidad para expresarse, al igual que relacionarse y comunicarse con los otros. En consecuencia, cuando la ley dispone los fines y objetivos, otorga una gran responsabilidad a la educación formal que en todos sus niveles ejercen los educadores como orientadores del desarrollo integral de los educandos.

Para la ley, el rol que el educador debe asumir parte del siguiente enunciado: "El educador es el orientador en los establecimientos educativos de un proceso de formación, enseñanza y aprendizaje de los educandos, acorde con las expectativas sociales, culturales, éticas y morales de la familia y la sociedad" (Ley 115/1994, p. 22). Al ser el niño y la niña el centro del proceso educativo, el educador interviene como un orientador, un guía que facilita este proceso. Sin embargo, para que cumpla su rol en un evento tan complejo, la educación exige que los educadores, para cumplir con su rol, reciban una capacitación y actualización profesional permanente; y así mismo sean respetados por sus creencias y ejecuten en la práctica el Proyecto Educativo Institucional con el que propician el mejoramiento del proceso educativo (Ley general de educación, 1994).

Con respecto a la idea pedagógica sobre la interacción del educador con el estudiante, se infiere que por ser aquel el orientador del proceso de formación integral, debe gestionar la creación de ambientes propicios para mantener climas adecuados en las relaciones sociales. La interacción del educador con los educandos debe estar mediada por normas éticas de comportamiento, donde cada persona se reconozca como sujeto de derechos, pero también con deberes. El educador, por ser el orientador del proceso, tiene a su cargo la responsabilidad de crear y mantener espacios favorables para el aprendizaje y el desarrollo integral de sus estudiantes.

En cuanto a los aprendizajes y/o competencias que se desarrollan en el niño (a), este documento regulador expone que:

La educación formal en sus distintos niveles, tiene por objeto desarrollar en el educando conocimientos, habilidades, aptitudes y valores mediante los cuales las personas puedan fundamentar su desarrollo en forma permanente. (Ley 115/1994, p. 4)