COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT HUMANIDADES

Manuel Asensi Pérez

Catedrático de Teoría de la Literatura y de la Literatura Comparada

Universitat de València

Ramón Cotarelo

Catedrático de Ciencia Política y de la Administración de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de la Universidad Nacional de Educación a Distancia

Mª Teresa Echenique Elizondo

Catedrática de Lengua Española

Universitat de València

Juan Manuel Fernández Soria

Catedrático de Teoría e Historia de la Educación

Universitat de València

Pablo Oñate Rubalcaba

Catedrático de Ciencia Política y de la Administración

Universitat de València

Joan Romero

Catedrático de Geografía Humana

Universitat de València

Juan José Tamayo

Director de la Cátedra de Teología y Ciencias de las Religiones

Universidad Carlos III de Madrid

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INVESTIGACIÓN SOBRE LA DELINCUENCIA Y EL BULLYING ESCOLAR EN ESPAÑA

TEORÍA, EVOLUCIÓN Y TENDENCIAS

TEODORO HERNÁNDEZ DE FRUTOS

Universidad Pública de Navarra

MARY BRIGID O’REILLY

Universidad de Navarra

Valencia, 2015

Copyright ® 2015

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© Teodoro Hernández de Frutos

Mary Brigid O’Reilly

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Si se ha llegado a definir el ordenamiento jurídico como conjunto de normas que regulan el uso de la fuerza, puede entenderse fácilmente la importancia del Código Penal en cualquier sociedad civilizada. El Código Penal define los delitos y faltas que constituyen los presupuestos de la aplicación de la forma suprema que puede revestir el poder coactivo del Estado: la pena criminal. En consecuencia, ocupa un lugar preeminente en el conjunto del ordenamiento, hasta el punto de que, no sin razón, se ha considerado como una especie de “Constitución negativa”. El Código Penal ha de tutelar los valores y principios básicos de la convivencia social. Cuando esos valores y principios cambian, debe también cambiar. En nuestro país, sin embargo, pese a las profundas modificaciones de orden social, económico y político, el texto vigente data, en lo que pudiera considerarse su núcleo básico, del pasado siglo. La necesidad de su reforma no puede, pues, discutirse.

Exposición de motivos

Código Penal 1995

INTRODUCCIÓN

La delincuencia es un hecho transcultural y omnipresente en todas las sociedades humanas y en todos los tiempos. Hunde sus raíces en los primeros movimientos organizativos que surgieron con la aparición de grandes grupos en el comienzo de las sociedades agrícolas. El modo de funcionar de manera que se garantizase la superviviencia requirió de un cierto orden normativo. Las conductas que se percibieron como nocivas se prescribieron y se sancionaron con mayor o menor castigo según su importancia. Las dos cuestiones fundamentales sobre las que se organizó este conjunto de reglas giraron en torno a la vida y a la propiedad privada que aumentaba y posibilitaba las condiciones de convivencia armoniosa. La escala de valores establecidos permitió a unas sociedades generar un mejor funcionamiento que otras por la eliminación de tensiones innecesarias. De cualquier manera en los primeros tiempos los conflictos eran individuales y se solían solucionar con la famosa Ley del Talión de ojo por ojo y diente por diente. Las sociedades cazadoras y recolectoras del neolítico fueron las primeras que especificaron la configuración de unos sistemas distributivos acordes a una apropiación racional de la naturaleza a través de la configuración del poder. Con el surgimiento del Leviathan o Estado esta prerrogativa se le cedió en exclusiva, dando lugar a la aparición de los jueces, los tribunales, la policía y el código penal. Las sociedades posteriores han evolucionado tratando de gestionar el orden y el castigo, los valores y las normas. Los códigos penales se han sucedido uno tras otro y lo que se considera como delincuencia ha cambiado con la cultura imperante en cada latitud del planeta.