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La crisis catalana y el desgobierno
de los gobiernos de España

La crisis catalana y el desgobierno de los gobiernos de España

Colección

Cuadernos de Estudios Europeos

N.º 7

Romualdo Bermejo García

Colección

Cuadernos de Estudios Europeos
(Edición bilingüe)

Coordinadora:

Ana González

Colaboradores:

Vicente Garrido
Eva Ramón

© 2018 Romualdo Bermejo García

© 2018 Editorial UFV

Universidad Francisco de Vitoria

Crta. Pozuelo-Majadahonda, km 1,800

28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid)

Tel.: (+34) 91 351 03 03

editorial@ufv.es

Diseño de cubierta: Ismael Medina

Primera edición: diciembre de 2018

ISBN: 978-84-17641-24-5

ISBN edición digital: 978-84-18360-01-5

Depósito legal: M-41997-2018

Impresión: Safekat, S. L.

Este libro ha sido sometido a una revisión ciega por pares.

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Impreso en España – Printed in Spain

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN

1. CAUSAS Y ORÍGENES DE LA CRISIS

2. LOS RETOS DE LA REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE 2006 Y SUS NEFASTAS CONSECUENCIAS

3. PERO ¿PUEDE CATALUÑA RECLAMAR LA INDEPENDENCIA? ALGUNOS BREVES COMENTARIOS A NIVEL JURÍDICO INTERNACIONAL

4. LA CRISIS CATALANA EN LA ACTUALIDAD: LOS REFERÉNDUMS Y LAS DECLARACIONES UNILATERALES DE INDEPENDENCIA

5. LA CRISIS CATALANA Y LA COOPERACIÓN JUDICIAL EUROPEA: ¿ORDEN O DESORDEN?

6. LAS ELECCIONES DEL 21 DE DICIEMBRE CONVOCADAS POR EL GOBIERNO CENTRAL PARA ELEGIR AL PARLAMENTO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA: ALGUNAS REFLEXIONES

7. LA MOCIÓN DE CENSURA AL PRESIDENTE DEL GOBIERNO MARIANO RAJOY Y LA OFERTA DE DIÁLOGO

CONCLUSIÓN

INTRODUCCIÓN

La crisis catalana, tal y como se ha venido desarrollando, ha desconcertado a propios y a extraños. Muchos no podían dar crédito a lo que estaba sucediendo hasta que poco a poco fueron comprobando que no era la pesadilla de un sueño, sino una realidad. Es más, la crisis catalana es, sin lugar a dudas, la más grave que ha padecido España no solo en nuestro período democrático, sino desde la Guerra Civil de 1936-1939. El terrorismo de ETA, a pesar de los más de ochocientos muertos que generó, nunca llegó a representar un peligro para España tan importante como ha supuesto la crisis catalana, problema que sigue estando todavía presente si no se le hace frente con todas las armas de las que dispone un Estado de derecho, como se supone que es España.

Sin embargo, aunque el problema viene de lejos, es evidente que tanto el Gobierno del socialista Rodríguez Zapatero como el actual Gobierno de Mariano Rajoy no han estado a la altura de las circunstancias y ambos son, en nuestra opinión, los grandes responsables de cómo ha ido evolucionando la crisis catalana; el primero por incentivarla y el segundo porque con su pusilanimidad dejó que fuera hacia el precipicio hasta que el pueblo español reaccionó, decimos bien el pueblo, no el Gobierno. Las últimas informaciones que están saliendo a la luz son realmente demoledoras para un Gobierno que dejaba hacer como si Cataluña ya no formara parte del territorio nacional. Mientras esto ocurría, todos los países europeos y latinoamericanos hicieron declaraciones muy contundentes afirmando que era un asunto interno español y que la crisis se tenía que resolver según lo previsto en el orden constitucional español. Todos estos mensajes tenían un claro significado, que era que la responsabilidad principal para resolver la crisis correspondía al Estado español, es decir, al Gobierno de España, sin que esto cambiara la pasividad gubernamental. Tanto es así que el sistema judicial español tuvo que tomar cartas en el asunto catalán, ante el flegmatismo gubernamental, al haberse cometido delitos graves. Esto explica que la crisis catalana haya llegado donde ha llegado y se haya permitido así que se produjera un terrible espectáculo a nivel nacional e internacional.

1. CAUSAS Y ORÍGENES DE LA CRISIS

La actual Comunidad Autónoma de Cataluña tiene una historia peculiar, por no decir compleja, pero esto no impide afirmar un dato histórico de primer nivel: este territorio, que nunca fue un reino, pues formaba parte de la Corona de Aragón, forma parte integrante de España desde su creación en 1492. España tiene, pues, un título histórico y originario sobre este territorio desde entonces, a pesar de los grandes avatares de la historia francoespañola. Esta realidad histórica trae consigo que cualquier cambio jurídico en este territorio que forma parte integrante de la soberanía española debe ser decidido por el pueblo español al ser este el único titular de la soberanía nacional, como ha recalcado de una forma cristalina el Tribunal Constitucional español en su Sentencia 42/2014, de 25 de marzo de 2014, en relación con el recurso planteado por el Gobierno de la nación1 respecto de la Resolución del Parlamento de Cataluña 5/X, de 23 de enero de 2013, por la que se aprueba la Declaración de Soberanía y del Derecho a Decidir del Pueblo de Cataluña.2

Dicho esto, conviene resaltar que no es la primera vez que se proclama una república catalana. Dejando al margen la primera proclamación de Pau Claris en 1641, sin ninguna importancia para este estudio, ya en 1931 se proclamó una república por Francesc Macià, justo una hora antes de la proclamación de la República española en Madrid el 17 de abril de 1931. Sin embargo, tras unas horas de negociaciones, y después de que fracasara el proyecto de una república federal, Macià se ve obligado a aceptar un estatuto de autonomía para Cataluña hasta su muerte en 1933.3 Más problemática sería la proclamación del 6 de octubre de 1934 por parte de Lluís Companys, esta en plena República española,4 que fue abortada en horas al recurrir la República española a la fuerza y bombardeando el Palacio de la Generalitat (Gobierno catalán). El destino de Lluís Companys es bien conocido, pues fue ejecutado en 1940 tras haber sido entregado por las fuerzas alemanas que habían ocupado Francia y tras haber sido condenado por un consejo de guerra.5 Pero, en la cuestión catalana, otro hecho que no conviene olvidar en el subconsciente independentista actual es que Cataluña ha estado siempre en la turbulenta historia española del lado de los vencidos.

Dos buenos ejemplos ilustran esta afirmación. El primero atañe a la guerra de sucesión española (1701-1714), en la que los catalanes apoyaron a los Habsburgo en contra de los Borbones. Sin embargo, estos últimos ganaron la guerra y tomaron Barcelona, que es bombardeada sin piedad hasta su caída el 11 de septiembre de 1714, fecha que ha sido la elegida como fiesta nacional catalana, es decir la Diada. El segundo ejemplo es el de la Guerra Civil española de 1936-1939, en la que Cataluña cae del lado republicano y defiende la legalidad de la república frente a la sublevación de ciertos militares, apoyados de forma muy activa por varios sectores políticos y sociales conservadores, entre los que conviene destacar a los tradicionalistas. A pesar de todo, muchos de estos catalanes conservadores lograrían luchar en el bando de los sublevados, al que se incorporan como pueden, muchos de ellos por Francia, y logran formar unidades de élite de combate, cuyo ejemplo más significativo es el famoso Tercio de Requetés de Nuestra Señora de Montserrat.6

Si pasamos ahora a la denominada Transición española tras el régimen franquista, conviene apuntar que Cataluña votó masivamente por la Constitución actual del 6 de diciembre de 1978 con el 90,5 % de votos afirmativos, más que en Madrid, por ejemplo, en donde solo hubo 86,1 %. Evidentemente, esto quiere decir que los catalanes estaban muy de acuerdo con el régimen de las comunidades autónomas que la Constitución adoptó para llevar a cabo la descentralización del Estado español. Sin embargo, en el referéndum que aprobó el Estatuto de Autonomía, que tuvo lugar el 25 de octubre de 1979, tan solo participó el 59,6 %, lo que deja ver claramente que no suscitó mucho interés. Adoptado el Estatuto de Autonomía, había que ponerlo en marcha, lo que se llevó a cabo bajo el ya muy conocido dirigente catalán Jordi Pujol, cuyo partido (CIU) ganó las elecciones el 20 de marzo de 1980.

Es aquí donde ya empiezan a construirse las bases jurídicas y políticas de lo que se ha denominado procés y que fue publicado por el diario El Periódico de Barcelona el 28 de octubre de 1990.7 Y es que Jordi Pujol, al mismo tiempo que se puso manos a la obra para construir una estructura estatal catalana, era un actor relevante en el Gobierno de Madrid, tanto con Felipe González como con José María Aznar. Cabe preguntarse si los distintos Gobiernos de Madrid eran o no conscientes de los riesgos en los que podían caer, aunque al margen de esta cuestión, lo que sí está claro es que hicieron gala de una gran ingenuidad, aunque ellos luego se hayan defendido invocando el principio de lealtad. Pero si los Gobiernos de Madrid podían ser ingenuos, ¿qué hay de los servicios de inteligencia españoles?, ¿no sabían nada de lo que se estaba tramando en Cataluña tanto a nivel de la corrupción como en el ámbito político? El que fuera en su momento presidente catalán del Partido Socialista ya denunció en el Parlamento de Cataluña el famoso tres por ciento que las empresas que llevaban a cabo los trabajos públicos debían pagar al Gobierno catalán, pero ni el Gobierno central ni la Fiscalía General del Estado movieron un dedo para indagar lo que todo el mundo se imaginaba.8 A todo esto conviene añadir otro elemento importante: el adoctrinamiento feroz que se ha venido haciendo en favor de la independencia en las escuelas catalanas, en las que la palabra España estaba vetada, lo que ha traído consigo que incluso muchos inmigrantes hayan abrazado las tesis independentistas, como ha sido el caso del jefe de la Policía catalana, Trapero, hoy en día investigado por varios delitos y considerado como un traidor no solo en su ciudad natal, la castellana Valladolid, sino en toda España.

Todo esto iba a traer consigo el deseo de reformar el Estatuto de Autonomía con el fin de ampliar el marco competencial del Gobierno catalán, y contando en este caso con el apoyo del Partido Socialista español tanto a nivel regional como nacional. Pero lo más grave es que se llegó a esta peligrosa situación sin que los últimos Gobiernos de Madrid supieran comprender a dónde los dirigía esta situación, que se contentaban con el famoso principio «apoyadme, señores nacionalistas en Madrid, y podréis hacer lo que os plazca en Barcelona» y colaboraban así con la estrategia del propio procés. Así las cosas, no es extraño que en este ambiente de pasividad gubernamental española, los partidarios de la huida hacia delante aprovecharan la ocasión para impulsar un espíritu de reforma del marco jurídico autonómico con un objetivo claro, que era el de ampliar los ámbitos competenciales del Gobierno catalán, algo imprescindible para afianzar la estructura política independentista catalana.9

2. LOS RETOS DE LA REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE 2006 Y SUS NEFASTAS CONSECUENCIAS

A principios de este siglo XXI se comienza a ver un espíritu renovador del Estatuto de Autonomía de Cataluña, y este movimiento también es apoyado por el Partido Socialista catalán, encabezado por Pascual Maragall. Las elecciones catalanas del 16 de noviembre de 2003 le dan ganador, y forma un Gobierno de coalición con la separatista Esquerra Republicana de Cataluña e Iniciativa per Catalunya Verds. Esta coalición ha salido del Pacto de Tinell y su principal objetivo es la reforma del Estatuto de Autonomía. En esta aventura, la coalición también cuenta con el apoyo de CIU, ya dirigido por Artur Mas, pero sobre todo contará con el apoyo del nuevo jefe de Gobierno español, el socialista José Luis Rodríguez Zapatero, que gana las elecciones del 14 de marzo de 2004, después de los terribles ataques terroristas de origen yihadista del 11 de marzo en los que murieron casi doscientas personas y hubo alrededor de mil novecientos heridos.

España entra así en un camino peligroso sin saber exactamente a dónde va, pero cuenta con el apoyo del Gobierno socialista en Madrid, sin que este tuviera ningún papel moderador, por no decir casi lo opuesto. Este craso error de José Luis Rodríguez Zapatero pesa y pesará siempre sobre él, ya que muchos analistas políticos españoles creen que él ha sido el único político español que, siendo el jefe de Gobierno en Madrid, ha apoyado abiertamente el separatismo catalán, aunque no está claro si por ignorancia o por falta de visión. Conozco personalmente al expresidente del Gobierno español, ya que vivió y estudió Derecho en León, y pensamos que es sobre todo lo primero, más que lo segundo, pero eso no lo exime de una gran responsabilidad, debido especialmente al apoyo del Partido Socialista español en el propio Parlamento español de la reforma del Estatuto catalán aprobado el 30 de marzo de 2006, mientras que todos los diputados del partido separatista Esquerra Republicana se abstenían porque para ellos la reforma no iba demasiado lejos.

En cuanto al contenido de esta reforma, hay que recordar que las discusiones fueron intensas no solo sobre temas tales como la financiación en la región o la reivindicación nacionalista de los derechos históricos de Cataluña, sino también sobre aspectos como la cuestión de la laicidad en la enseñanza o sobre las lenguas cooficiales (catalán y castellano), etc., tanto en el Parlamento catalán como después en el Congreso de los Diputados en Madrid. Sin embargo, se llegó a un acuerdo rápidamente en el Parlamento catalán entre los partidos independentistas y el Partido Socialista catalán para definir Cataluña como una nación, aspecto este sumamente problemático, así como la creación de una circunscripción especial catalana para las elecciones al Parlamento Europeo. Este mismo debate tendría lugar más tarde en el Congreso de los Diputados español el 2 de noviembre de 2005, en el que el propio presidente del Gobierno español José Luis Rodríguez Zapatero se pronunció claramente a favor de la adopción de un nuevo estatuto para Cataluña. Esta propuesta de nuevo estatuto fue aprobada por 197 votos, incluidos los votos de los diputados socialistas, contra 146 que representaban los votos de los miembros del grupo Popular y una abstención, lo que permitió que el debate sobre el contenido del estatuto en el Parlamento español tuviera lugar, aunque la cosa no fue fácil, ya que los partidos catalanes que habían adoptado el texto en el Parlamento catalán no pudieron ponerse de acuerdo sobre el contenido exacto del estatuto.

Así las cosas, el presidente del Gobierno español Rodríguez Zapatero, para romper el punto muerto en el que estaban los partidos catalanes, negocia directamente con el líder de la oposición en Cataluña Artur Mas, y llegan a un acuerdo tanto en el concepto de nación para Cataluña como en la financiación, pero es rechazado por otros partidos nacionalistas catalanes. Por último, el nuevo estatuto es aprobado por el Congreso de los Diputados español el 30 marzo de 2006 con el apoyo de la mayoría de los partidos españoles y catalanes, a excepción de los miembros del partido separatista Esquerra Republicana y los del pequeño partido vasco Eusko Alkartasuna, que se abstienen, mientras que los diputados del Partido Popular votaron en contra. Aprobado en el Congreso de los Diputados, quedaba todavía la aprobación por referéndum en la Comunidad Autónoma de Cataluña, que tuvo lugar el 18 de junio de 2006. El resultado fue de 73.23 % de los votos por el sí, contra el 26,72 % para el no y 5,34 % que votó en blanco. Este referéndum no generó un gran interés, como lo demuestra la baja participación, que fue del 48,8 %, es decir, menos de la mitad.10

A pesar de la falta de legitimidad popular, se validó, ya que el Estatuto de 1979 no preveía un porcentaje mínimo de participación. Pero la reforma del Estatuto catalán no terminaría ahí, pues el Partido Popular presentó el 31 de julio de 2006 un recurso ante el Tribunal Constitucional abogando que aproximadamente la mitad de los artículos aprobados del Estatuto eran inconstitucionales. La tarea para el Tribunal Constitucional no sería fácil, aunque después de cuatro años emitió una sentencia el 28 de junio de 2010 anulando catorce artículos del Estatuto de Autonomía de un total de 223, pero especialmente uno que reconoce el concepto de nación catalana, un concepto que no estaba definido en el Estatuto, al tiempo que reconoce su valor histórico y cultural. Para el Tribunal, la palabra nación fue, por tanto, interpretada como que el término podría dar lugar a una reivindicación de un Estado, siguiendo así la doctrina del Estadonación dada por Ernest Renan en una conferencia en la Sorbona en 1882 y que ha sido seguida por el derecho internacional, en contraposición a la teoría objetiva, defendida por la doctrina alemana. Una vez anulado este concepto, el Estatuto ya quedó cojo para los independentistas, aunque el Tribunal también anuló otras disposiciones como la naturaleza preferente del catalán sobre el español, las relativas a las competencias del defensor del pueblo catalán, así como el sistema de financiación.11

Una vez conocida la decisión del Tribunal Constitucional, hubo fuertes protestas en toda Cataluña, pero sobre todo en Barcelona, el 10 de julio del 2010, convocadas por Òmnium Cultural, cuyo líder Jordi Cuixart se encuentra actualmente en prisión. Tras la decisión del Tribunal Constitucional, se abre así una nueva etapa en el proceso independentista en la que la confrontación estará a la orden del día, y todo esto a pesar del apoyo que el Partido Socialista catalán dio a la reforma del Estatuto catalán. En nuestra opinión, la sentencia del Tribunal Constitucional no solo es un gran revés para los grupos separatistas, sino también, y sobre todo, para el propio Gobierno español encabezado por José Luis Rodríguez Zapatero, que fue el que abrió la caja de Pandora de la independencia catalana tan pronto como comenzó a apoyar la reforma del Estatuto. A pesar de las serias y fieles advertencias que se le hicieron, el presidente Zapatero siguió su camino sin escuchar a nadie, lo que ha generado la crisis más grave que ha conocido España desde la Guerra Civil.

3. PERO ¿PUEDE CATALUÑA RECLAMAR LA INDEPENDENCIA? ALGUNOS BREVES COMENTARIOS A NIVEL JURÍDICO INTERNACIONAL

La decisión del Tribunal Constitucional de 28 de junio 2010 corta de raíz las ambiciones políticas de los separatistas, que habían encontrado en el concepto de nación una especie de Arca de Noé en la que se pudiera anclar una realidad nacional más que dudosa. Pensaban que sería reconocido ese concepto como algo legal en virtud de las decisiones políticas adoptadas por algunos partidos, incluido el Partido Socialista, que estaba en el poder con el presidente Rodríguez Zapatero, y a quien le faltó visión para apercibir el problema. Frente a esta tragicomedia, el Tribunal Constitucional cortó de raíz las expectativas separatistas señalando claramente que el concepto de nación, al menos tal y como se entendía, era incompatible con el artículo 2 de la Constitución española, que proclama «la indisoluble unidad de la nación española, patria común e indivisible de todos los españoles». Cabe señalar que muchas otras constituciones contienen disposiciones similares, y por lo tanto no es una exclusividad española. Sin embargo, la pregunta clave es la siguiente: ¿Permite el derecho internacional el derecho a la libre determinación de los pueblos no coloniales, como es el caso de Cataluña?

3.1. ALGUNOS COMENTARIOS SOBRE EL DERECHO DE AUTODETERMINACIÓN

Como se sabe, los líderes independentistas catalanes reivindican el derecho a la autodeterminación de la población de esta región y piden un referéndum para que la población de este territorio decida. Esta reivindicación no solo choca frontalmente con el marco constitucional español, sino que el propio derecho internacional no lo recoge, salvo para los pueblos coloniales. En efecto, es evidente que el principio que consagra el derecho de libre determinación de los pueblos, aplicado extensa e intensamente a los pueblos coloniales desde la Segunda Guerra Mundial, se ha convertido en una norma de derecho internacional positivo, y más en concreto consuetudinaria, por lo tanto de carácter general, al reunir los elementos precisos para la conformación de una costumbre: numerosas resoluciones de las Naciones Unidas, adoptadas por unanimidad, sin votos en contra o por abrumadoras mayorías sobre casos concretos y sobre problemas o enfoques generales del tema; la práctica de los Estados con colonias, que han procedido, acatando estas resoluciones, a descolonizar sus antiguas posesiones, y la incorporación de algunas de las disposiciones derivadas del derecho a la libre determinación en tratados internacionales universalmente consentidos. Todos estos hechos analizados en su conjunto permiten sustentar la existencia de una práctica general, uniforme y constante realizada con el convencimiento de su obligatoriedad jurídica. Una interpretación de esta naturaleza se ve considerablemente reforzada; de un lado, por ser casi la unanimidad de la doctrina que ha analizado esta práctica y, de otro y sobre todo, porque la Corte Internacional de Justicia (CIJ) ha ratificado la naturaleza jurídicoconsuetudinaria del derecho de los pueblos coloniales a su libre determinación.12

Más aún, nadie pone en duda hoy que esta norma forme parte del derecho internacional imperativo y es, pues, de fundamental importancia para la comunidad internacional en su conjunto. La CIJ y la Comisión de Derecho Internacional (CDI) lo han afirmado resueltamente,13 lo que implica, entre otras consecuencias, que su violación grave supondrá para su autor el régimen de responsabilidad particular que, según el Proyecto de Artículos sobre la Responsabilidad del Estado por Hechos Internacionalmente Ilícitos, aprobado por la Comisión en agosto de 2001 y endosado por la Asamblea General de Naciones Unidas en diciembre de ese mismo año,14 corresponde a quienes cometan hechos ilícitos de tamaña naturaleza.15

Claro que hay elementos recientes que plantean la interrogante de si la norma que consagra el derecho de libre determinación de los pueblos coloniales no está perdiendo impulso. La resistencia de algunos Estados, interesados al parecer (como EE. UU. y Francia) en que el principio de libre determinación no se aplique al caso del Sahara Occidental, del mismo modo que ha venido siéndolo desde la Segunda Guerra Mundial, no es la única frustración: también se puede mencionar la incongruencia de la CIJ de calificar al citado principio, en el asunto de Timor Oriental (1995), de obligación erga omnes, para luego no sacar las pertinentes consecuencias procesales16 y otras posiblemente conectadas con las modulaciones introducidas a la postre en los proyectos de artículos que la Comisión de Derecho Internacional había aprobado en relación con los crímenes contra la paz y seguridad de la humanidad y respecto de la responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos.17

Pero ¿hay otros pueblos, a partir de los coloniales, que pudieran tener también el derecho de autodeterminación? La respuesta es positiva, pero no como la de los pueblos coloniales, y de un ámbito muy restringido, pues, dejando al margen el tema de los pueblos indígenas, cuya problemática es muy concreta,18 para que ello sea posible es necesario que se den una serie de condiciones muy estrictas. En efecto, el derecho de libre determinación de los pueblos nacionales no coloniales los protege de no ser excluidos del gobierno del Estado ni perseguidos por su raza, credo o color. Por lo tanto, ni independencia19 ni un régimen de autonomía, sino derecho a ser tratado en pie de igualdad, de estricta igualdad, con el resto de la población del Estado. Algunos lo sintetizan afirmando que los pueblos nacionales que viven en un Estado soberano tienen un derecho de autodeterminación interna, pero no externa. Este fue el caso del Acuerdo de Paz de Belfast de 1998, que busca la reconciliación de las dos Irlandas y puede decirse que ha tenido un cierto éxito, ya que en él se consagra la plena realización del derecho de autodeterminación interna de Irlanda del Norte, pero en ningún caso el de autodeterminación externa.20

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